Abstract
El término "ciberacoso" se ha utilizado para describir conductas agresivas llevadas a cabo a través de las tecnologías de la información y de la comunicación, y puede incluir imágenes/videoclips, correos electrónicos o sitios de redes sociales, entre otros. El ciberacoso en el mundo del trabajo es un fenómeno relativamente reciente e inexplorado, a pesar del uso generalizado de las TIC en los entornos y modalidades de trabajo actuales. El documento pretende empezar a llenar este vacío, también en respuesta Convenio sobre la violencia y el acoso de la OIT, 2019 (núm. 190), y a la Recomendación (núm. 206) que lo complementa, que incluyen en su ámbito de aplicación la violencia y el acoso que se producen también "en el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación". Este estudio examina las fuentes legales en torno al ciberacoso en el mundo del trabajo; revisa las medidas adoptadas en los países para contrarrestar el acoso y analiza cómo podrían utilizarse para abordar también el ciberacoso. El estudio concluye con sugerencias preliminares sobre las posibles formas de contrarrestar el ciberacoso.